Preguntas Frecuentes (FAQ)
1. ¿Puedo retirar mi CTS si aún estoy trabajando?
Sí, hasta el 31/12/2026 puedes retirar el 100%. Después de esa fecha, solo el 50%.
2. ¿La CTS genera intereses?
Sí, entre 2% y 5% anual (depende del banco).
3. ¿Qué documentos necesito para retirar la CTS por enfermedad grave?
- Certificado médico (SIS, Essalud o clínica privada reconocida).
- Copia de DNI.
- Carta dirigida al empleador (si el depósito es reciente).
4. ¿Puedo cambiar de banco para mi CTS?
Sí, informando a tu empleador antes del próximo depósito.
5. ¿La CTS se hereda en caso de fallecimiento?
Sí, los familiares pueden reclamarla con el testamento o declaratoria de herederos.
¿Qué es la CTS y para qué sirve?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral obligatorio en Perú que consiste en un depósito semestral que realizan los empleadores en una cuenta bancaria a nombre del trabajador. Su finalidad principal es servir como fondo de protección en caso de despido o cese laboral, garantizando un respaldo económico para el trabajador y su familia.
Datos clave sobre la CTS:
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Depósitos semestrales: Se realizan en mayo y noviembre de cada año.
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Monto calculado: Basado en el sueldo + 1/6 de la última gratificación.
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Derecho universal: Aplica a casi todos los regímenes laborales, excepto algunas excepciones (como trabajadores de microempresas bajo Remype).
¿Cómo se calcula la CTS?
El cálculo considera:
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Sueldo bruto mensual (sin descuentos)
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1/6 de la última gratificación recibida
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Días laborados en el semestre (máximo 180 días)
Fórmula para calcular la CTS:
CTS = (Sueldo Mensual + 1/6 de Gratificación) × Días Laborados ÷ 360
Ejemplo práctico:
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Sueldo mensual: S/ 3,000
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Gratificación (1/6): S/ 500 (si la gratificación fue S/ 3,000)
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Días trabajados: 180 (semestre completo)
Cálculo:
(S/ 3,000 + S/ 500) × 180 ÷ 360 = S/ 1,750
CTS a depositar: S/ 1,750
¿Qué cambia en los retiros de CTS este año?
Novedades vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026:
- Retiro del 100% del saldo sin restricciones (aprobado por Ley 32322).
- Enfermedades graves: Trabajadores con cáncer o enfermedades terminales pueden retirar el 100% en cualquier momento, presentando documentación médica.
A partir de 2027:
Retiro máximo del 50% del saldo acumulado (excepto en casos especiales).
¿Cómo retirar la CTS ? (Pasos actualizados)
Métodos de retiro:
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Online (App o banca por internet):
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Ingresa a tu banco (BCP, BBVA, Interbank, etc.).
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Busca la opción «Retiro CTS».
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Elige el monto (100% o parcial) y confirma.
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Presencial (en agencia bancaria):
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Lleva tu DNI.
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Solicita el retiro en ventanilla.
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Cajeros automáticos (solo algunos bancos):
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Inserta tu tarjeta y selecciona «Retiro CTS».
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¿Qué pasa si mi empleador no deposita la CTS?
Sanciones para la empresa:
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Multas desde S/ 544.50 (microempresas) hasta S/ 129,294 (empresas grandes).
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Intereses moratorios sobre el monto no depositado.
¿Qué hacer si no hay depósito?
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Verifica en tu banco (app o llamando al número de servicio).
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Reclama por escrito a tu empleador.
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Denuncia a la Sunafil si no hay respuesta.
¿Cómo verificar si tu empresa depositó correctamente?
Paso a paso para revisar:
Entra a la app de tu banco (donde recibes la CTS).
Busca el historial de depósitos (mayo y noviembre).
Compara el monto con tu cálculo personal (usando la fórmula).
Si hay diferencias, solicita una liquidación escrita a RR.HH.
¿Qué hacer si el monto está mal?
Primero, habla con tu empleador (puede ser un error).
Si no corrigen, presenta un reclamo en la Sunafil (puedes hacerlo online).
Diferencias entre CTS y Gratificación
| Concepto | CTS | Gratificación |
|---|---|---|
| Cuándo se paga | Mayo y noviembre | Julio y diciembre |
| Para qué sirve | Fondo de protección por despido | Beneficio semestral obligatorio |
| Cálculo | (Sueldo + 1/6 gratificación) ÷ 360 × días trabajados | Sueldo completo (2 veces al año) |
| ¿Se puede retirar? | Sí (100% hasta 2026) | No, es parte de tu sueldo |
Casos Especiales: Qué pasa con mi CTS en los siguientes casos:
Renuncio
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Puedes retirar el 100% al dejar el trabajo.
Me despiden
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Además de tu CTS acumulada, recibirás indemnización (según años de servicio).
Trabajo en planilla y también independiente
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Solo acumulas CTS por tu empleo en planilla.
Estoy en una EPS
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Tienes los mismos derechos que un trabajador del régimen privado.
Errores comunes:
No la uses para gastos innecesarios
Evita retirarla para viajes, celulares u otros gastos no prioritarios. Es un fondo de protección laboral.
No la dejes en una cuenta sin rentabilidad
Algunas cuentas CTS pagan solo 0.5% de interés. Trasládala a un banco con mejor tasa.
No olvides declararla en tus impuestos
Los intereses generados sí tributan (aunque el monto principal no). Decláralos en tu Renta Anual.
¿Necesitas ayuda con tu CTS?
Sunafil: 0800-16884
SBS (consultas bancarias): 0800-10840
